martes, 17 de noviembre de 2015

Plegable plan de mejoramiento 2 periodo

ADMINISTRACION DEPORTIVA

'La Administración Deportiva no es más que la aplicación del proceso administrativo utilizado por la Administración de Empresas en General (Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar), así como el uso, e implantación de todas aquellas habilidades humanas, técnicas y conceptuales que necesita el administrador para llevar a cabo una gestión efectiva.

Adquiere un carácter deportivo cuando esas habilidades de Administración y gestión, son aplicadas en aquellas entidades e instituciones deportivas que lo requieren para la consecución pertinente de sus objetivos, igualmente para cuando se hace necesario desarrollar programas, proyectos y eventos con fines deportivos, de recreación, de actividad física, ocio y de aprovechamiento del tiempo libre''. Cristian Darío Rojas.

¿A QUE SE DEDICA?
·                     Administración y Gestión de Escenarios Deportivos.
·                     Elaboración, ejecución y control de proyectos deportivos.
·                     Elaboración, ejecución y control de programas deportivos.
·                     Elaboración, ejecución y control de eventos deportivos.
·                     Gerencia de clubes, ligas y federaciones deportivas.
·                     Representación de jugadores profesionales (Agentes FIFA).
·                     Comunicación, publicidad y marketing deportivo.
·                     Gerencia del talento humano en Organizaciones deportivas.
·                     Dirección general en institutos departamentales y municipales de deporte.
·                     Asesoría en Legislación y derecho Deportivo.
·                     Creación de fundaciones deportivas.
¿POR QUÉ SURGE?

Debido al enorme incremento cuantitativo en la demanda de deporte, actividad física, recreación y aprovechamiento del tiempo libre por parte de la sociedad en general, se hizo necesario que las instituciones de educación superior pensarán seriamente en ofertar programas para que personas idóneas administraran y no se dejara en manos de personas empíricas, inexpertas o darle la responsabilidad a los profesores de educación física, los cuales se atribuyeron ese rol.



ESTRUCTURA DE CAMPEONATOS

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1. Concepto de Sistema Deportivo
    Por sistema deportivo entendemos el conjunto de todos aquellos elementos relacionados entre sí, según un orden, y que contribuyen al desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones.
    No existe un único sistema deportivo, por lo que podremos realizar, según el criterio utilizado, diversas interpretaciones, principalmente según el ámbito territorial, y según su naturaleza pública o privada. Por lo tanto, el sistema deportivo en su conjunto conforma una estructura compleja de interrelación entre sus diferentes elementos que está en un proceso permanente de cambio, por lo que su característica principal es su dinamicidad. En función de los elementos que se identifiquen como representativos del sistema deportivo, podremos encontrar diferentes concepciones sobre éste.
    La introducción del concepto de sistema deportivo en la planificación deportiva fue realizada por el creador del llamado "Método Punto-Deporte", Bruno Rossi Mori, a finales de la década de los '70, y de aplicación fundamentalmente en el ámbito local, aunque en sus presupuestos teóricos contempla su aplicación fundamentalmente en el ámbito local, aunque en sus presupuestos teóricos contempla su aplicación a otros niveles territoriales. Es interesante, aunque se haya producido una evolución lógica, reproducir la explicación sobre el concepto de sistema deportivo en palabras de Bruno Ross, extraídas de la publicación conjunta del INEF de Cataluña, AETIDE y CEUMT en 1981:
    "El Conjunto de todas las ocasiones concretas durante las cuales los ciudadanos viven deporte, gracias a la presencia de determinados servicios, establece el fenómeno deportivo de una zona determinada.
    Se denomina sistema a un conjunto estructurado, el SISTEMA DEPORTIVO es el conjunto de todos los practicantes y de todos los servicios deportivos en un territorio determinado. En consecuencia el fenómeno deportivo puede ser considerado como el "producto" del sistema deportivo. Esto permite su conocimiento y desarrollo de un modo científico actuando sobre todos sus elementos a través de sus relaciones internas y, externamente, mediante las relaciones con los otros sistemas que forman la estructura social."

2. Elementos del Sistema Deportivo
    En términos generales, los elementos constitutivos del sistema deportivo más significativos son:
El ordenamiento jurídico del sistema deportivo: más que un elemento del sistema deportivo es el marco que aglutina y confiere un determinado orden, establece relaciones y contiene la normativa por la que se desarrolla el sistema deportivo en su conjunto y cada uno de sus elementos constitutivos.
La estructura deportiva: está conformada por un sector público, con diferentes competencias según su ámbito territorial, un sector privado sin ánimo de lucro representado por el tejido asociativo y un sector privado mercantil.
La infraestructura deportiva: constituye el equipamiento necesario para el desarrollo de las actividades deportivas y cuya titularidad puede ser pública o privada, y en la que ha empezado a tener una singular importancia, en los últimos tiempos, el medio natural, concebido como espacio deportivo.
Los recursos económicos: son diversos y entre los que podemos destacar la subvención, el patrocinio y la propia aportación del usuario o participante, aunque en el deporte espectáculo lo ha cobrado una especial relevancia la venta de los derechos de imagen y la retrasmisión por TV de los eventos.
Los recursos humanos: van desde los dirigentes y técnicos, pasando por los voluntarios y otro personal auxiliar, hasta llegar a los propios practicantes.

3. La estructura del Sistema deportivo
    Se organiza en dos componentes esenciales: la organización pública y la organización correspondiente al sector privado, tal y como se muestra en los siguientes gráficos: 


4. El ordenamiento jurídico del sistema deportivo
    El Deporte constituye un ámbito de la realidad que dada su creciente importancia, medida tanto en aspectos cuantitativos como cualitativos, no puede permanecer ajeno a la intervención de los poderes públicos pese a su incuestionable vertiente privada. A partir de la Constitución Española de 1978 la regulación del fenómeno deportivo alcanzó una consagración definitiva. Hasta entonces no había sido objeto de una regulación global. Nuestra Norma Fundamental configuró en su artículo 103 el servicio objetivo de las Administraciones Públicas al interés general; la intervención pública en el deporte se concretó en el artículo 43.3 que dispone "Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio." Pero no es éste el único precepto que habilita para intervenir en el fenómeno deportivo que, dada su complejidad, representa una categoría transversal, utilizando el término acuñado por el Tribunal Constitucional para hacer referencia a aquellas materias cuya regulación incide simultáneamente en más de un título competencial.
    Concurren, en la intervención pública en el deporte, las tres Administraciones territoriales, esto es, la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración Local, de acuerdo con el marco competencial asumido.
    Además, el ámbito subjetivo en el terreno deportivo se completa con la intervención de numerosos agentes privados entre los que destacan, no sólo por su importancia sino también por su peculiar régimen jurídico, las federaciones deportivas.
    El régimen jurídico del deporte se concretará por tanto en la existencia de ámbitos estrictamente privados que se regirán por las normas de derecho privado y otros, expresamente señalados en la ley, que entran en la esfera jurídico pública, y a los que habrá que aplicar las normas de Derecho Administrativo. Dichas normas son:
  • Normas generales emanadas de los poderes públicos (Unión Europea, Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, etc.) que inciden de alguna manera en el ámbito deportivo.
  • Normas emanadas de los poderes públicos, específicas para el deporte.
  • Normas emanadas de las entidades que integran la organización deportiva privada.

5. Estructura Deportiva
5.1. Organización Administrativo-Deportiva
I. Consejo Superior de Deportes
    El Consejo Superior de Deportes, está definido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del deporte, como un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, a través del cual se ejerce la actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte.
    Son competencias del Consejo Superior de Deportes
Autorizar y revocar de forma motivada la constitución y aprobar los estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Españolas.
Reconocer, a los efectos de esta Ley la existencia de una modalidad deportiva.
Acordar, con las Federaciones Deportivas Españolas sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcionales de aquéllas, suscribiendo al efecto los correspondientes convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico administrativa.
·                    Conceder las subvenciones económicas que procedan a las Federaciones Deportivas y demás Entidades y Asociaciones Deportivas, inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley.
·                    Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.
·                    Promover e impulsar la investigación científica en materia deportiva de conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.
·                    Promover e impulsar medidas de prevención, control y represión del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios, destinados a aumentar artificialmente la capacidad física de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones.
·                    Actuar en coordinación con las Comunidades Autónomas respecto de la actividad deportiva general y cooperar con las mismas en el desarrollo de las competencias que tienen atribuidas en sus respectivos estatutos
·                    Autorizar o denegar, previa conformidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, la celebración en territorio español de competiciones deportivas oficiales de carácter internacional, así como la participación de las selecciones españolas en las competiciones internacionales.
·                    Coordinar con las Comunidades Autónomas la programación del deporte escolar y universitario, cuando tenga proyección nacional e internacional.
·                    Elaborar y ejecutar, en colaboración con las Comunidades Autónomas y, en su caso, con las Entidades locales, los planes de construcción y mejora de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alta competición, así como actualizar, en el ámbito de sus competencias, la normativa técnica existente sobre este tipo de instalaciones.
·                    Elaborar propuestas para el establecimiento de las enseñanzas mínimas de las titulaciones de técnicos deportivos especializados. Asimismo le corresponde colaborar en el establecimiento de los programas y planes de estudio relativos a dichas titulaciones, reconocer los centros autorizados para impartirlos e inspeccionar el desarrollo de los programas de formación en aquellas Comunidades Autónomas que no hayan asumido competencias en materia de educación.
·                    Autorizar los gastos plurianuales de las Federaciones Deportivas Españolas en los supuestos reglamentariamente previstos, determinar el destino del patrimonio neto de aquéllas en caso de disolución, controlar las subvenciones que les hubiera otorgado y autorizar el gravamen y enajenación de sus bienes inmuebles cuando éstos hayan sido financiados total o parcialmente con fondos públicos del Estado.
·                    Actualizar permanentemente el censo de instalaciones deportivas en colaboración con las Comunidades Autónomas.
·                    Autorizar la inscripción de las Sociedades Anónimas Deportivas en el Registro de Asociaciones Deportivas, con independencia de su inscripción en los registros de las Comunidades
SISTEMA DE COMPETENCIA



 el sistema de competencia ese refiere a una serie de elementos conjugados con un fin común en este caso la competencia marca la pauta para coordinar la forma en que se va ha jugar o llevar a cabo los enfrentamientos puede ser sencilla, doble eliminación o todos contra todos. o por grupos y en la segunda fase eliminación directa.

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